Cuando es publicada la ley 80 de 1989 las Tablas de Retención Documental Empiezan a tomar cierta importancia y a ser una de las grandes metas para todas las entidades del estado tanto públicas como privadas. A partir de ahí las entidades ordenadas por el gobierno nacional tienen un tiempo prudente para iniciar las tranferencias documentales y así empezar a salvaguardar la documentación del estado guiados por entes y profesionales del area internacionalmente.
Por lo anterior el Archivo General de la Nación inicia un acompañamiento y a la fecha muchas de las instituciones cuentan con Tablas de Retención Documental debidamente aprobadas y estandarizadas.
Pero antes de eso a partir del acuerdo 039 de 2002 nacen tambien las Tablas de Valoración Documental puesto que la información a la que no se le habia aplicado esta tabla estaría sin ningún criterio archivístico que es lo que le llamamos: Fondos acomulados.
A partir de lo anterior, lo que se pretende mostrar en este espacio es la promulgación de términos importantes a la hora de querer aplicar y crear Tablas de Retención documental. Tambien se pretende apoyar la elaboración de Tablas de Retención Documental y los criterios que se deben de tener a la hora de querer aplicar la normatividad a nuestra entidad.
Si deseas conocer más información puedes consultar la página del Archivo General de la Nación (Colombia) donde podrás encontrar la información necesaria sobre el tema:
http://www.archivogeneral.gov.co/